¿Trabajas o has trabajado para una Administración Pública de Navarra con una relación temporal?
Si eres o has sido funcionario interino, personal estatutario temporal, laboral temporal o indefinido no fijo al servicio del Gobierno de Navarra, Osasunbidea, la UPNA, un ayuntamiento o una empresa pública navarra, podrías tener derecho a reclamar por abuso de temporalidad.
Descubre en menos de 2 minutos si tu situación podría constituir un caso de abuso de temporalidad y obtén una estimación de lo que podrías reclamar.
¿A quién puede afectar el abuso de temporalidad?
Personal laboral temporal
Profesores asociados o sustitutos de la UPNA, administrativos temporales, monitores, conserjes, personal de limpieza, personal de servicios múltiples y otros trabajadores laborales temporales del sector público navarro.
Según las circunstancias del caso, puede existir derecho a solicitar el reconocimiento del abuso de temporalidad, indemnización y, en determinados supuestos, fijeza.
Personal laboral indefinido no fijo
Administrativos, técnicos, informáticos, arquitectos, ingenieros y otros empleados de empresas públicas, fundaciones públicas y organismos del sector público de Navarra con contrato indefinido no fijo.
La declaración de indefinido no fijo no implica necesariamente que el abuso haya quedado reparado.
Funcionarios interinos
Profesores interinos, auxiliares administrativos, trabajadores sociales, técnicos de administración, arquitectos, ingenieros y otros funcionarios interinos al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
Puede analizarse la existencia de abuso, la corrección del eventual cese y la posibilidad de reclamar compensación económica o responsabilidad patrimonial.
Personal estatutario temporal
Médicos, enfermeros, TCAE, fisioterapeutas, psicólogos clínicos, celadores y demás profesionales temporales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
Cuando existe temporalidad prolongada o sucesión de nombramientos durante años, puede existir derecho a reclamar.
¿Formas parte de alguno de estos colectivos?
¿Qué podrás reclamar?
Dependiendo de las circunstancias concretas de tu caso, podrían existir distintas vías de reclamación.
Reconocimiento del abuso
Cuando la Administración ha utilizado contratos o nombramientos temporales para cubrir necesidades permanentes.
Fijeza
En determinados supuestos, especialmente cuando se han superado procesos selectivos para plaza fija.
Indemnización por cese
Si la relación temporal ha finalizado y concurren los requisitos legales para ello.
Indemnización adicional
Para compensar perjuicios derivados de una situación de temporalidad abusiva prolongada.
Daños materiales y morales
Cuando el abuso ha generado perjuicios económicos, profesionales o personales acreditables.
¿Quieres saber qué podrías reclamar?
Completa el cuestionario y obtén una primera valoración orientativa de tu caso.
Interinos Navarra, una iniciativa de Bufete Iribarren Abogados
Ponemos a disposición de los empleados públicos de Navarra la experiencia de uno de los despachos de referencia de la Comunidad Foral, con sedes en Pamplona y Tudela y un equipo integrado por abogados, procuradores y especialistas en distintas áreas del Derecho.
- Sedes en Pamplona y Tudela
- Equipo de abogados, procuradores y especialistas
- Conocimiento de la Administración Pública navarra
¿Cuánto cuesta estudiar y reclamar tu caso?
Estudio de viabilidad
Gratuito
Realizamos una primera valoración jurídica para analizar si tu situación puede constituir un caso de abuso de temporalidad.
Actuación extrajudicial
250 € + IVA
Incluye el estudio detallado de la documentación y las actuaciones necesarias para intentar una solución por vía extrajudicial.
Actuación judicial
650 € + IVA
Incluye la dirección letrada y la representación procesal a través de procurador durante el procedimiento judicial.
Honorarios en caso de éxito
Además de los honorarios fijos, únicamente se aplicarán honorarios variables si se obtiene un resultado favorable para el cliente, ya sea mediante el reconocimiento de una indemnización económica o de una situación de estabilidad laboral.
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar si sigo trabajando para la Administración?
Sí. No siempre es necesario esperar al cese. Si la situación temporal se ha prolongado indebidamente, puede estudiarse una reclamación para que se reconozca el abuso de temporalidad y se valoren las posibles consecuencias jurídicas.
¿Puedo reclamar si no soy funcionario interino?
Sí. Las situaciones de abuso de temporalidad pueden afectar también a personal laboral temporal, personal indefinido no fijo, profesores asociados, investigadores, personal de fundaciones públicas, empresas públicas y otros trabajadores del sector público.
¿Puedo reclamar si ya me han cesado?
Sí, pero conviene revisar el caso cuanto antes. La fecha de cese, la causa, el tipo de vínculo y las actuaciones realizadas pueden resultar determinantes.
¿Cómo puedo saber si mi caso merece ser estudiado?
Conviene revisar el caso si has trabajado durante varios años para la misma Administración, has encadenado contratos o nombramientos, realizas funciones permanentes, tu plaza no se ha cubierto de forma definitiva o has sido cesado tras años de servicios.
¿Todos los trabajadores temporales del sector público pueden reclamar fijeza?
No. La posibilidad de reclamar fijeza depende de las circunstancias concretas del caso. En otros supuestos puede existir derecho a reclamar indemnización u otras medidas reparadoras.
Si ya soy indefinido no fijo, ¿puedo reclamar algo más?
Sí. La declaración de indefinido no fijo no implica necesariamente que el abuso haya quedado reparado. Dependiendo de las circunstancias, puede analizarse la posibilidad de reclamar una compensación adicional o discutir las consecuencias jurídicas del abuso sufrido.
¿Qué diferencia hay entre la indemnización por cese y la indemnización por abuso?
La indemnización por cese compensa la finalización de la relación cuando legalmente corresponde. La indemnización por abuso pretende reparar los perjuicios derivados de una situación de temporalidad abusiva mantenida durante años.
¿Qué puedo reclamar si soy funcionario interino o personal estatutario temporal?
Habitualmente la reclamación se tramita por la vía contencioso-administrativa. Dependiendo del caso, puede solicitarse el reconocimiento del abuso de temporalidad, la impugnación del cese, una compensación económica o responsabilidad patrimonial.
¿Puedo reclamar si he trabajado para varias Administraciones Públicas?
Sí. Haber prestado servicios para distintas Administraciones Públicas no impide necesariamente reclamar. Es importante analizar cada periodo trabajado, el tipo de vínculo existente y la documentación disponible.
¿Existe riesgo de condena en costas?
Depende de la jurisdicción competente. En la vía contencioso-administrativa puede existir riesgo de condena en costas. En la jurisdicción social, habitual para el personal laboral, la regulación es diferente.
¿Qué documentación necesitáis para estudiar mi caso?
Lo ideal es aportar contratos o nombramientos, vida laboral, certificados de servicios prestados, nóminas, comunicaciones de cese, bases de convocatorias y resoluciones administrativas. Si no dispones de toda la documentación, podemos comenzar con la información básica.
¿Cuánto cuesta estudiar y reclamar mi caso?
La primera valoración de viabilidad es gratuita. Si decides continuar, los honorarios serán: actuación extrajudicial, 250 € + IVA; actuación judicial, 650 € + IVA. Además, podrán aplicarse honorarios variables únicamente en caso de resultado favorable.
¿Quieres que estudiemos tu caso?
Revisamos tu situación y te explicamos las posibles opciones de reclamación.
¿Ya has sido cesado?
No esperes para revisar tu caso.
Si has recibido una comunicación de cese, una resolución administrativa o la finalización de tu contrato o nombramiento, los plazos para reclamar pueden estar corriendo.
Una revisión temprana puede resultar fundamental para proteger tus derechos.
Contacta con nosotrosHonorarios variables en caso de éxito
Los honorarios variables únicamente se devengan cuando se obtiene un resultado favorable para el cliente.
- Indemnización económica: 20 % + IVA sobre el importe bruto de la indemnización finalmente reconocida mediante resolución firme.
- Reconocimiento de fijeza o relación estable: 10 % + IVA sobre una base equivalente a dos anualidades de las retribuciones brutas correspondientes al puesto reconocido.
Si el procedimiento finaliza con condena en costas a la parte contraria, las cantidades percibidas por este concepto corresponderán a los profesionales intervinientes.